Derecho de las ciudadanos

El servicio a los ciudadanos es el principio básico que justifica la existencia de la Administración Pública, que ha de prestarlo de una manera eficaz, respetando en su trato a los ciudadanos y a los mecanismos creados para garantizar sus derechos, asegurando unos estándares de calidad previamente fijados.

Derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos.

Derecho a identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.

Derecho a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportada junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento.

Derecho a utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma.

Derecho a formular alegaciones y a aportar documentos.

Derecho a no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante.

Derecho a obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.

Derecho al acceso a los registros y archivos de las Administraciones Públicas en los términos previstos en la Constitución y en ésta u otras Leyes.

Derecho a ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios.

Derecho a exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente.